Proyecto para prevenir la trata de personas regulando avisos de oferta laboral

La comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados se reunió ayer para tratar un proyecto que apunta a otorgar mayor seguridad a las mujeres que buscan empleo y pueden ser engañadas por las redes de trata a través de la publicación engañosa de supuestos puestos de trabajo. La iniciativa dispone que los medios de comunicación, deberán solicitar una serie de requisitos a quienes quieran publicar un aviso. El proyecto es impulsado por el diputado justicialista Diego Lara.
La Comisión observó favorablemente el proyecto y decidió remitirlo en consulta al Consejo para Prevenir la Violencia (Coprev) a fin de sumar sugerencias, si existieran al repecto.
El proyecto establece que “los avisos que se publiquen y que estén destinados a la contratación de personas para servicios laborales deberán contener el nombre del solicitante (o razón social si se tratare de una persona jurídica) e información de contacto (teléfono, correo electrónico).
A su vez señala que las empresas y/o particulares titulares de medios de comunicación deberán solicitar una serie de requisitos a quienes quieran publicar un aviso. Se les deberá solicitar: Razón social, empresarial o denominación de la sociedad de hecho; fotocopia del DNI del titular que hiciere la publicación; domicilio real del lugar de prestación laboral; y fotocopia de factura de un servicio a nombre de quien hiciese la publicación”.
“Todas las fotocopias antes mencionadas, deberán contar con la certificación de validez correspondiente”, se establece luego, y se indica que tal documentación “deberá ser conservados por un período mínimo de dos años”.
En la fundamentación del proyecto, presentada en marzo por el legislador, se manifiesta que diariamente se publican anuncios que solicitan personas para empleos fuera y dentro de la provincia y que esas publicaciones no cuentan, en la mayoría de los casos, con los datos de las empresas o futuros empleadores sino que en su mayoría remiten a correos electrónicos con nombres inidentificables o a los mismos medios que reciben las solicitudes de empleo a través de correspondencia derivada.
“En los últimos tiempos, esa modalidad ha sido el punto de partida para que muchas personas, en su mayoría jóvenes mujeres, sean engañadas por falsos empleadores, con destinos que van desde la desaparición para ser objeto de trata hasta la muerte”, expresa el diputado Lara.
“Los avisos, de acuerdo a informes de ONG que trabajan en la recuperación de jóvenes objeto de abuso sexual y trata, son uno de los canales de captación más utilizados”, añade luego.
“No obstante que existen personas y empresas decentes que utilizan estos medios para obtener empleados, lo cierto es que en estos casos, como en otros, la prevención es fundamental para lograr reunir un mínimo de condiciones de seguridad para quien concurre a una entrevista laboral a partir de un anuncio”, señaló Lara.
“En esta tarea -agregó- la función de los titulares de medios de prensa es primordial ya que son ellos los que resguardarían los datos de quienes solicitan la publicación durante el periodo de dos años a fin de asegurar que los mismos se encuentren disponibles al ser solicitados por la Justicia o los posibles damnificados”, consideró.
“Una herramienta más”
“Este proyecto es una herramienta más para prevenir la trata de personas, ya que en los últimos tiempos, la modalidad de captación a través de avisos publicitarios de oferta de trabajo ha sido el punto de partida para que muchas personas, en su mayoría jóvenes mujeres, sean engañadas por falsos empleadores, con destinos que van desde la desaparición para ser objeto de trata hasta la muerte. Uno de los casos mediáticos más cercanos es el de la joven Araceli Ramos (19) quien fue asesinada luego de concurrir a una entrevista laboral”, explicó Lara.
Los avisos, de acuerdo a informes de ONG que trabajan en la recuperación de jóvenes objeto de abuso sexual y trata, son uno de los canales de captación más utilizados.
En 2011 se dio un paso adelante cuando por el Decreto 936 el Poder Ejecutivo Nacional prohibió la publicación del Rubro 59, de ofertas sexuales. Sin embargo, a través de otros tipos de anuncios, como los que ofertan empleo, el peligro sigue latente.
El Decreto presidencial Nº 936, que prohíbe en todo el territorio de la República, “los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de Trata de Personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres. Asimismo, quedan comprendidos en este régimen todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades aludidas en el párrafo precedente”.
Es este último párrafo el que abre la posibilidad de regular, además, todos aquellos anuncios que podrían resultar engañosos. La oferta de trabajo para mujeres y hombres jóvenes que ansiosos por conseguir una mejora en la calidad de vida.
¿Qué es la trata de personas?
La definición consensuada a nivel mundial es la que brinda el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Conforme este instrumento Internacional, la trata de personas es “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una personas que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajo o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”
En la Argentina la definición que se ha adoptado en el año 2008, mediante la Ley Nº 26.364 )que refleja la misma definición de las Naciones Unidas, con la adición de otra modalidad de explotación que es la extracción ilegal de tejidos humanos.
La captación: implica ganar la voluntad, atraer, reclutar a quien va a ser víctima de este delito. Se realiza en el lugar de origen, a través de ofertas laborales, posibilidades de migrar, facilidades económicas o diversas promesas que generan expectativa. Es importante destacar que en la mayoría de los casos, el captor o reclutador pertenece al mismo entorno social de la víctima, lo que genera en ella la confianza necesaria para aceptar la oferta.
El transporte y/o traslado: implica el desplazamiento de las víctimas, impulsado por los tratantes, desde el lugar de origen al lugar de destino, con fines de explotación. Consiste en generar las condiciones para garantizar el traslado, sea facilitando, acompañando o realizando el traslado (puede incluir desde el pago de pasajes, la compra directa por parte de los tratantes, el traslado en vehículos propios, facilitación del contacto con terceros para el traslado, instrucción de las víctimas para su llegada a destino, etc.). Cabe señalar que generalmente las víctimas cuando viajan engañadas por un falso aviso de empleo, suelen desplazarse solas.
En este sentido, este proyecto busca prevenir la captación, o bien, si ésta se realiza, contar con medios para identificar a quienes fueron en primera instancia los captadores o facilitadores de la captación, a través de la publicación de avisos.

Dato de interés
Según un estudio de la Ufase, (Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas) el 49% de las víctimas fue reclutado mediante una promesa laboral falsa, el 43% privado de su libertad, el 4% entregado por un familiar y el 3% engañado.
Cuando se trata de un engaño laboral, lo más común es que a las chicas les ofrezcan trabajo como empleadas domésticas, cocineras, mozas, cuidadoras de niños, bailarinas y modelos, como anzuelo para alejarlas de sus lugares de origen. Luego viene una etapa de ablandamiento en la cual las maltratan, las amenazan, las someten a violaciones e incluso las hacen adictas a las drogas hasta conseguir quebrarlas.
Así le sucedió a Roxana, de Puerto Iguazú, que tenía a su mamá con cáncer y otros 5 hermanos que mantener. El padre las había abandonado y ella y sus hermanas tuvieron que empezar a trabajar a los 14 años en casas de familia. Mientras su madre fue a visitar a su padre para pedirle plata, Roxana vio por la calle unos carteles que ofrecían trabajo para empleada doméstica en Buenos Aires y se puso en contacto antes de que volviese su madre. La chica desapareció y recién 6 años más tarde la ubicaron en Mar del Plata. Roxana le dijo a su madre que ya no iba a volver, que ése era ahora su mundo y que tenía un bebe de su tratante.

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